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Declaraciones-liquidaciones anuales del impuesto sobre estancias turísticas (modelos 710 y 790)

 

El día 1 de enro se inicia el periodo de presentación (que se debe realizar por  via telemàtica) de la declaración-liquidación anual del impuesto sobre estancias turísticas bajo el régimen de estimación objectia (modelo 710) y de la declaración resumen anual por estimación directa del impuesto sobre estancias turísticas (model 790).

Para más información del impuesto y de los modelos 710 y 790, pulsar aquí.