Orden por la que se reducen los signos, índices o módulos del Impuesto sobre estancias turísticas para el ejercicio fiscal de 2021
Fecha: 28/4/2022
En esta Orden, por un lado, en cuanto al número previo de días de
estancia anual por unidad, se reducen estos días en función del descenso
del empleo (por categoría e isla); por otra parte, en cuanto al índice
de desestacionalización, se reduce un 35 % el número de días en los que
el establecimiento debe estar abierto al público para poder aplicar los
índices correspondientes, con el fin de considerar el esfuerzo inherente
a mantener abiertos los establecimientos el mayor número de días
posible.
La ATIB aplicará de forma automática la reducción de los
signos, índices o módulos que, de acuerdo con lo que prevé la Orden,
corresponda, cuando se genere la autoliquidación anual (modelo 710), así
como en las liquidaciones de las viviendas y campings turísticos.