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Modelo
082
Comunicación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía)



NOTA IMPORTANTE:
al margen de la obligación de presentación de la declaración o, en su caso, de la autoliquidación del impuesto por parte del sujeto pasivo (obligado al pago), de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.6 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), esta comunicación corresponde presentarla:

a) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo mediante acto o negocio jurídico entre vivos, al donante o a la persona que constituya o transmita el derecho real de que se trate.

b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, al adquirente o a la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate (por ejemplo, en caso de compraventa, el comprador).

Durante el proceso se debe adjuntar el documento en que conste el acto sujeto al impuesto. El documento debe estar en formato pdf y tener una capacidad máxima de 4 Mb.
Apartados de este modelo
DATOS PREVIOS Adquirente/Otros sujetos ( A ) Datos del documento de transmisión o constitución de derecho sobre el inmueble ( B )
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ATIB
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Copia del justificante de pago

Para realizar el pago telemático por banca electrónica o con tarjeta bancaria de un tributo (ej.: impuesto sobre bienes inmuebles) o de otro recurso de una entidad local (ej.: multa de trafico) en período voluntario, debe completar los datos que en cada caso se solicitan y pulsar el botón “Continuar”. Una vez finalizado el proceso y realizado correctamente el pago recibirá el justificante de pago (formato pdf).

En caso de interrumpir el proceso descrito antes de realizar el pago, podrá reanudarlo posteriormente. Para ello debe anotar la referencia post-continue y, cuando acceda nuevamente a esta página, introducirla en el cuadro correspondiente. Automáticamente se reanudará el proceso en el trámite en el que se interrumpió.