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Servicio de mensajes y avisos (sms y/o mail)

El servicio de mensajes y avisos de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB) ofrece la posibilidad de estar informado por sms y/o mail de determinadas actuaciones en relación a la recaudación de tributos de cobro periódico por recibo (como, por ejemplo, el impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, el impuesto sobre actividades económicas, las tasas locales -basuras, alcantarillado-, etc.), así como de las notificaciones que pueda generar la ATIB en materia de gestión recaudatoria de tributos locales y también de deudas (locales y autonómicas) respecto a las cuales se inicie o tramite el procedimiento de apremio.

Concretamente, si se da de alta en este servicio puede recibir avisos informativos por sms y/o mail de:

  • El inicio del periodo voluntario de pago de los tributos de cobro periódico por recibo. Se tiene que hacer la solicitud de adhesión un mes antes del inicio del correspondiente periodo voluntario de pago (se pueden consultar las fechas en el Calendario fiscal local). Las solicitudes que se realicen con posterioridad tendrán efectos el año siguiente.
  • En el caso de haber domiciliado el pago de los recibos, se le informará del importe que se va cargar en la cuenta bancaria de domiciliación.
  • Si se ha adherido al sistema especial de pago fraccionado de un tributo local (“pago a la carta”) establecido por el Ayuntamiento, una vez finalizado el periodo voluntario de pago podrá obtener el correspondiente justificante.
  • Las notificaciones de la ATIB relativas a la gestión recaudatoria de tributos locales, así como en relación a deudas (locales y autonómicas) en vía de apremio. La falta de práctica de este aviso no impide que la notificación sea considerada plenamente válida.

Se debe tener en cuenta que, en el caso de seleccionar como medio de recepción del aviso el mail y el sms al mismo tiempo, la remisión se hará solo por mail, con la finalidad de evitar una duplicidad de avisos o mensajes.




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