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Implantación del régimen de autoliquidación obligatoria del Impuesto sobre sucesiones y donaciones


La disposición final séptima de la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono ha modificado el artículo 34.4 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Esta modificación tiene como consecuencia la implantación del régimen de autoliquidación obligatoria del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y la consiguiente supresión del sistema de declaración sin autoliquidación por el obligado tributario y posterior liquidación por parte de la Administración.

De acuerdo con el anterior, se ha dictado una nota informativa sobre las pautas o criterios de actuación interna sobre la aplicación de la modificación apuntada.

Ver nota informativa (en catalán).