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Envío por vía telemática por los notarios de documentos públicos con trascendencia tributaria


En desarrollo de lo previsto en el artículo 12.5 de la Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas y la Orden del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, de 20 de febrero de 2004 ya está operativa en este Portal la aplicación para que los notarios que ejercen sus funciones dentro del ámbito de las Illes Balears puedan remitir por vía telemática a la Agencia Tributaria de las Illes Balears, a solicitud del contribuyente o de su representante, los documentos notariales que autoricen sometidos a tributación por algún concepto impositivo cuya gestión tributaria corresponda a la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Acceder a la aplicació de Envío de documentos públicos por los notarios.