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Domiciliación de pago de tributos de cobro periódico por recibo


Puede domiciliar el pago de tributos de cobro periódico por recibo cuya recaudación corresponde a la ATIB.

Domiciliar el pago de un tributo es dar una orden de cargo en cuenta bancaria que se aplicará periódicamente, de manera que no hay que preocuparse del deber de informarse de los periodos de pago en plazo voluntario pues corresponde a la ATIB gestionar el pago con la entidad bancaria.

Las domiciliaciones tienen validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.

GESTIÓN DE LA DOMICILIACIÓN

Los recibos cuyo pago esté domiciliado en una entidad bancaria, serán remitidos a las respectivas entidades para que se carguen en cuenta de los contribuyentes el día que éstos elijan dentro del correspondiente periodo voluntario de pago. Para seleccionar el día de cargo  se debe acceder al CARTERO VIRTUAL (Tributos domiciliados).

Para consultar los plazos de solicitud de domiciliación, anularla o modificar la cuenta de domiciliación, así como la previsión del cargo en cuenta de los recibos domiciliados de tributos locales de cobro periódico anual correspondientes al año 2024 (en el caso que no se haya seleccionado por el contribuyente el día de cargo), pulse AQUÍ.

Para más información de los conceptos y de los plazos de pago de estos tributos consulte el Calendario fiscal local.

FORMAS DE SOLICITAR LA DOMICILIACIÓN

1. De forma telemática (dos opciones):


2. De forma presencial:   

  • Para obtener el impreso de domiciliación debe tener instalado en su ordenador un programa lector de documentos pdf:
    - Si quiere domiciliar el pago de tributos locales de cobro periódico por recibo de los municipios cuya recaudación corresponde a la ATIB, pulse aquí.
    - Si quiere domiciliar el pago del impuesto sobre estancias turísticas correspondiente a viviendas y campings turísticos, pulse aquí.
  • Introduzca los datos que se solicitan.
  • Imprima el formulario y preséntelo en cualquier oficina de recaudación de la ATIB, adjuntando el documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. Para su comodidad, se recomienda que los presente a través del registro electrónico indicando como organismo destinatario "Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB)" [acceder a Registro electrónico].
CAMBIO DE LA CUENTA BANCARIA DE DOMICILIACIÓN O ANULACIÓN DE LA DOMICILIACIÓN

Si quiere cambiar la cuenta bancaria en la que ha domiciliado el pago de sus recibos o anular la domiciliación lo puede hacer de forma telemàtica en los siguientes enlaces:

Gestiones telemáticas