La ATIB pone a disposición de los contribuyentes y otras personas interesadas un servicio de atención personalizada (consultas, sugerencias y solicitud de información) y de presentación de quejas.
1.- CONSULTAS, SUGERENCIAS y SOLICITUD DE INFORMACIÓN: Para
realizar consultas, solicitar información o enviar sugerencias
relacionadas con los tributos gestionados por la ATIB, los
procedimientos que esta tramita o el funcionamiento del Portal web,
acceda a Consultas y sugerencias.
Asimismo puede contactar con la ATIB por vía telefónica mediante el Servicio telefónico de atención e información tributaria.
IMPORTANTE:
para consultas relacionadas con el impuesto sobre la renta de las
personas físicas (IRPF) –residentes o no residentes–, el impuesto sobre
el valor añadido (IVA) o el impuesto de sociedades, así como, en
general, el régimen fiscal o de tributación de las personas físicas (en
particular, trabajadores autónomos) o personas jurídicas, se debe hacer
la consulta a la Agencia Estatal de Administración Tributaria -AEAT-
(acceder a AEAT).
Las
consultas vinculantes en relación al impuesto sobre transmisiones
patimoniales y actos jurídicos documentados y al impuesto sobre
sucesiones y donaciones se deben realizar a la Dirección General
Tributos. Se puede acceder en el enlace siguiente: consultas tributarias.
2.- PRESENTACIÓN DE QUEJAS: Debe acceder al servicio de Quejas y sugerencias y seleccionar la opción de Solicitud telemática. En el formulario correspondiente debe señalar como "Centro", Agència Tributària de les Illes Balears, y, como "Tipo de escrito", Queja.
Una vez enviada, la queja se tramitará a través del Servicio de
Información y Quejas de Atención a la Ciudadanía del Gobierno de las
Illes Balears.