(*) Valoración de acuerdo con lo previsto en la Orden HFP/1259/2022, de 14 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Nota importante: La tributación de las transmisiones patrimoniales onerosas
de vehículos de motor (tipo de gravamen aplicable) depende del tipo de vehículo y de su potencia fiscal (Nota informativa).
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