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Solicitud telemática de aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas relativas a tributos y otros recursos de las entidades locales la gestión recaudatoria corresponde a la ATIB de importe inferior a 3.005,06 euros


Nota previa importante: en el caso de hacer la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago mediante este sistema, acepta que las comunicaciones o notificaciones que tenga que hacer esta Administración tributaria en relación a la tramitación de la solicitud se hagan por correo electrónico y, en su caso, por teléfono móvil.


Pasos a realizar:

1.- Completar los datos de la solicitud  siguiente y pulse el botón "Guardar PDF".

2.- Una vez guardado el documento, pulse el botón "Continuar". Si falta algún dato obligatorio deberá llenar y volver a pulsar el botón "Guardar PDF".

3.- Si los datos son correctos, se debe adjuntar, además de la solicitud rellenada (que ya aparecerá por defecto) los siguientes documentos:

- Fotocopia del NIF del deudor y, en el caso de actuar como representante, el NIF del representante (solicitante) y del representado (deudor), así como la autorización de representación para poder hacer la  solicitud.

- Los documentos o justificantes que se consideren oportunos. En particular, se debe justificar la existencia de dificultades económico-financieras que impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo correspondiente.

3.- Si los datos son correctos, se debe adjuntar, además de la solicitud rellenada (que ya aparecerá por defecto) los siguientes documentos: fotocopia del NIF del solicitante y, en el caso de actuar como representante, el NIF del representante y del representado, así como la autorización de representación para poder hacer la solicitud.

4.- Una vez adjuntados los documentos que, en su caso, sean necesarios, pulse el botón "Enviar". A continuación recibirá un mensaje en su teléfono móvil con un código que debe introducir y, una vez hecho esto, podrá imprimir la solicitud presentada y también recibirá un correo electrónico de este trámite.

En caso de que la solicitud no esté debidamente cumplimentada o si los documentos aportados no son suficientes o no son correctos, se remitirá un correo electrónico informando de esta circunstancia y se requerirá que se hagan las subsanaciones que correspondan o se remitan los documentos pertinentes, con la advertencia de que si no se hace en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente del día de remisión del correo electrónico con el requerimiento se tendrá por no presentada la solicitud y es archivará sin más trámite.

5.- Cuando se haya tramitado el procedimiento recibirá un correo electrónico con la resolución que podrá imprimir.


En caso de duda o información adicional, puede hacer la consulta mediante la aplicación Consulta y sugerencias.
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