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Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo: exención actos jurídicos documentados


El Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, en la disposición final primera, añade un nuevo apartado (apartado 31) al artículo 45.I.B) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, según el cual cuando haya garantía real inscribible, las escrituras de formalización extensión de los plazos de vencimiento de las operaciones de financiación que han recibido aval público previsto en el artículo 7 de este Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, quedarán exentas de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos documentados de este impuesto.

Para consultar el resumen de medidas en el ámbito de la ATIB y, en particular, las que afecten a la gestión recaudatoria de los tributos autonómicos y locales que corresponda a la ATIB y la suspensión de los procedimientos tributarios como consecuencia de la situación generada por el coronavirus, pulse AQUÍ.