A través de la
sede electrónica
(apartado de "Trámites") se puede hacer la presentación telemática del
impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
(ITPAJD), así como del impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD) en
los supuestos de herencias, cancelación de usufructos, seguros de vida y
donaciones. Se debe tener en cuenta lo siguiente:
1.-
Se puede acceder a la sede electrónica
mediante un certificado digital en vigor reconocido y admitido por la ATIB, con DNI electrónico o con Cl@ve (para más información del sistema Cl@ve,
pulse
aquí).
3.- En el caso del ISD, se pueden descargar los programas de
ayuda para la generación de los correspondientes modelos de declaración y
autoliquidación tributarias en el enlace siguiente:
Programas de ayuda del ISD.
Durante el proceso de presentación se deberá añadir, en su caso, documentación
adicional. Es decir, además de la escritura notarial (o documento que acredita
el acto sujeto al impuesto) y los modelos tributarios de pago, deberán
adjuntarse determinados documentos de acuerdo con lo previsto en la normativa
reguladora del ISD.
Para ello, con carácter general, se debe solicitar al notario la
remisión telemática de la escritura correspondiente (aceptación de herencia,
cancelación de usufructo, donación, etc.), que recojan actos sujetos al ISD
en los términos previstos en el artículo 8 de la
Orden del Consejero de Economía y Hacienda de 28 de diciembre de 2009, por la que se regula el procedimiento de pago y presentación de
documentación con trascendencia tributaria por vía telemática y se crea el
tablón de anuncios electrónico de la ATIB.
Entre la documentación en el impuesto sobre de sucesiones, cabe
destacar, según los casos, la siguiente:
- Justificantes gastos
deducibles (última enfermedad, entierro, etc.).
- Justificantes de deudas
deducibles (préstamos, hipotecas, etc.).
- Copias recibos de IBI.
-
Certificados con la valoración de los distinto activos financieros (acciones,
fondos inversión, cuentas corrientes, seguros de vida, etc.) a la fecha de
defunción.
- Permiso circulación vehículos.
- Justificante
parentesco (libro familia, inscripción registro parejas hecho, etc.).
-
Copia certificado que acredite grado minusvalía.
- Extractos
bancarios de un año completo anteriores a la fecha de defunción.
En
la medida que esta documentación adicional pueda protocolizarse en escritura
notarial, no deberá de añadirse telemáticamente durante el proceso de
presentación del impuesto. Por lo que se refiere a los extractos
bancarios de un año completo, retrocedidos desde la fecha de defunción,
en el caso de que por su volumen no sea posible su protocolización, serán
incorporados a la aplicación de gestión por el contribuyente o su
representante.
Si, por cualquier circunstancia, no se pueden
remitir de forma telemática la documentación adicional a la que se ha hecho
referencia anteriormente, se enviará por correo postal (incluyendo, en todo
caso, el justificante de presentación telemática) a la siguiente dirección:
Servicio de Sucesiones y Donaciones - Agencia Tributaria de las Illes Balears
(ATIB). C/ Can Troncoso, 1. 07001 Palma (Illes Balears).
4.- Las autoliquidaciones a adjuntar en el proceso de
presentación son las que consten efectivamente pagadas. Por ello,
es importante tener en cuenta que, así como en el caso de pago telemático
se tiene constancia inmediata de este pago, en caso de pago a una entidad
bancaria no se tendrá constancia hasta que llegue la información
correspondiente por parte de la entidad
(como regla general, de forma quincenal).
5.- Para finalizar el proceso de presentación es necesaria la
instalación del programa AutoFirma (
descargar Autofirma).
Teléfonos de contacto
Para
dudas o incidencia de carácter técnico o informático: 971
228 510 (de lunes a viernes laborables, de 8.00 a 15 h.).
Para
información general del ITPAJD y del ISD: 971 717
000 -opción 1- (o a través del servicio de
Consultas y sugerencias).